Declaraciones
Declaración anual RESICO 2026: ¿tienes que presentarla?
Publicado el 18 de junio de 2026
Puede que estés relevado de presentar la declaración anual RESICO 2026: si tributaste exclusivamente en RESICO durante todo el ejercicio y estás al corriente en tus 12 declaraciones mensuales, la autoridad contempla una facilidad administrativa que te libera de la anual (esta facilidad se confirma cada ejercicio). Pero si tuviste ingresos de otros regímenes, llevas pagos mensuales atrasados o algún mes no presentaste, entonces sí debes presentar tu declaración anual. En esta guía te explicamos exactamente en qué caso estás y qué hacer.
¿Quién queda relevado y quién sí debe presentar la anual?
La regla general es que toda persona física presenta declaración anual. Sin embargo, para quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) existe una facilidad administrativa: la autoridad releva de la obligación de presentar la declaración anual a quienes cumplen ciertas condiciones. Esta facilidad se publica y confirma cada ejercicio, así que siempre conviene verificar que siga vigente para el año correspondiente antes de no presentarla.
En términos simples: si durante TODO el año fuiste exclusivamente RESICO y vas al corriente con tus pagos mensuales, lo más probable es que no tengas que presentar la anual. Si rompiste alguna de esas dos condiciones, sí estás obligado.
- Quedas relevado si: tributaste únicamente en RESICO todo el ejercicio Y presentaste y pagaste tus 12 declaraciones mensuales en tiempo.
- Debes presentarla si: tuviste ingresos de otro régimen (sueldos, honorarios en régimen general, arrendamiento fuera de RESICO, etc.) durante el mismo año.
- Debes presentarla si: te falta presentar uno o más meses, o si presentaste pero no pagaste el ISR correspondiente.
- Debes presentarla si: quieres aplicar deducciones personales o solicitar un saldo a favor (aunque no sea obligatorio, conviene evaluarlo).
Qué necesitas para tu declaración anual RESICO
Aunque estés relevado, vale la pena tener tu información ordenada para confirmar que efectivamente cumples las condiciones. Y si sí debes presentar, necesitarás reunir lo siguiente antes de entrar al portal del SAT.
- RFC activo y al corriente, e.firma vigente y Buzón Tributario habilitado.
- Tus CFDI de ingresos emitidos durante el año (lo que efectivamente cobraste).
- Constancias de retención de las personas morales a las que facturaste (retención del 1.25% de ISR, que es acreditable).
- El acuse de tus 12 declaraciones mensuales y los comprobantes de pago de cada una.
- Si tuviste otros ingresos: constancias de sueldos, recibos de honorarios o comprobantes de arrendamiento de otro régimen.
- Si vas a deducir: comprobantes de deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, intereses de crédito hipotecario, aportaciones para el retiro, etc.).
Casos que SÍ obligan a presentar la declaración anual
La facilidad de quedar relevado no aplica a todos. Estos son los escenarios más comunes en los que, aunque seas RESICO, tienes que presentar tu declaración anual sí o sí.
- Tuviste ingresos de más de un régimen en el año: por ejemplo, fuiste RESICO pero también recibiste un sueldo como empleado, o facturaste honorarios en régimen general antes de cambiarte. Al no haber tributado "exclusivamente" en RESICO, la facilidad no te cubre.
- Llevas pagos mensuales atrasados: si no estás al corriente, no cumples la condición de la facilidad. Primero hay que regularizar los meses pendientes y luego presentar la anual.
- Omitiste declaraciones mensuales: recuerda que omitir 3 o más declaraciones mensuales en el año (consecutivas o no) puede sacarte del régimen. En ese caso, además de la anual, hay un problema de permanencia que atender.
- Iniciaste o dejaste actividades a mitad de año combinando regímenes, o tuviste ingresos en el extranjero o sujetos a regímenes preferentes.
- Quieres recuperar un saldo a favor: si las retenciones del 1.25% que te hicieron las personas morales superan tu ISR del año, la única forma de pedir la devolución es presentando la anual.
Fechas clave de la declaración anual 2026
La declaración anual de personas físicas se presenta durante el ejercicio siguiente al que se declara. Es decir, los ingresos de 2026 se declaran en 2027, normalmente durante el mes de abril. Marca tu calendario y no lo dejes para el último día, porque el portal del SAT suele saturarse al cierre.
No confundas la anual con la mensual: la declaración mensual de RESICO se presenta a más tardar el día 17 de cada mes. Estar al corriente con esas mensuales es justamente la condición que te permite quedar relevado de la anual.
- Declaración mensual RESICO: a más tardar el día 17 de cada mes.
- Declaración anual de personas físicas: normalmente durante abril del año siguiente al ejercicio.
- Los ingresos del ejercicio 2026 se declararían en la anual de 2027.
- Presentar fuera de plazo genera recargos, actualización y posibles multas.
Errores comunes que cuestan dinero
La mayoría de los problemas con la anual no vienen de la declaración en sí, sino de descuidos durante el año. Estos son los que más vemos en CDMX.
- Creer que "como soy RESICO nunca declaro nada": la facilidad releva de la ANUAL bajo condiciones, no de las mensuales. Las mensuales siempre se presentan.
- Asumir que estás relevado sin revisar: si tuviste un sueldo, un honorario en otro régimen o un mes sin presentar, la facilidad no aplica y la omisión se vuelve incumplimiento.
- No acreditar las retenciones del 1.25%: si no consideras las constancias de las personas morales, terminas pagando ISR de más o pierdes un saldo a favor.
- Olvidar que la facilidad se confirma cada ejercicio: una regla vigente este año puede cambiar. Hay que verificarla antes de decidir no presentar.
- Dejar todo para el último día y descubrir que la e.firma está vencida o el Buzón Tributario inactivo, lo que además puede activar mecanismos de expulsión del régimen.
Cómo te ayudamos
En Contadores RESICO CDMX revisamos tu situación real antes de que tomes cualquier decisión. Confirmamos si la facilidad para quedar relevado aplica en tu caso, verificamos que tus 12 mensuales estén presentadas y pagadas, y si debes presentar la anual la dejamos lista, correcta y optimizada para que pagues únicamente lo justo.
Si descubrimos meses atrasados o ingresos de otros regímenes, te armamos un plan de regularización para que vuelvas a estar al corriente sin sustos. Tu diagnóstico inicial es gratuito.
- Verificamos si quedas relevado o si estás obligado a presentar.
- Revisamos tus declaraciones mensuales y tu estatus en el SAT.
- Calculamos tu ISR anual acreditando correctamente las retenciones.
- Regularizamos meses pendientes y gestionamos saldos a favor.