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Declaración RESICO en CDMX: mensual y anual, siempre a tiempo

Olvídate de las fechas y de calcular tu ISR. Nosotros presentamos tus declaraciones mensuales y tu anual de RESICO, acreditamos lo que te retienen y mantenemos tu RFC al corriente —para que no pagues de más ni arriesgues multas.

Diagnóstico Fiscal — $0

  • Revisamos tus declaraciones pendientes
  • Calculamos tu ISR de RESICO correctamente
  • Acreditamos las retenciones que te hicieron
  • Sin compromiso
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Declaraciones presentadas antes del día 17Acreditamos cada retención del 1.25%100% en línea en toda la CDMXTe avisamos lo que tienes que pagar, sin sorpresas

Declarar en RESICO es simple… si se hace bien y a tiempo

En RESICO debes presentar una declaración mensual a más tardar el día 17 de cada mes, calculando tu ISR sobre los ingresos que efectivamente cobraste con una tasa de entre 1% y 2.5%. Suena fácil, pero los detalles importan: hay que acreditar correctamente las retenciones del 1.25% que te hacen las empresas, declarar en ceros los meses sin ingresos y no dejar pasar fechas. Omitir tres o más declaraciones en el año puede sacarte del régimen.

Además está la declaración anual. Aunque existe una facilidad que releva de presentarla a quienes tributaron exclusivamente en RESICO todo el año y están al corriente, cada caso debe revisarse. Nosotros nos encargamos de todo: calculamos, acreditamos, declaramos a tiempo y te avisamos exactamente cuánto pagar —sin que toques el portal del SAT.

Lo que ganas al declarar tu RESICO con nosotros

  • Nunca una declaración tarde. Presentamos antes del día 17, cada mes, por ti.

  • No pagas de más. Acreditamos las retenciones del 1.25% que te hicieron las empresas.

  • Meses sin ingresos resueltos. Declaramos en ceros para mantener tu RFC al corriente.

  • Tu anual sin sustos. Revisamos si te aplica la facilidad o la preparamos buscando saldo a favor.

  • Cero riesgo de expulsión. Al no acumular omisiones, te mantienes seguro en RESICO.

Cómo declaramos tu RESICO cada mes

  1. 1

    Nos compartes tus facturas

    Tú nos pasas tus CFDI emitidos y las constancias de retención; nosotros revisamos lo demás.

  2. 2

    Calculamos tu ISR

    Aplicamos la tasa del tramo sobre tus ingresos cobrados y acreditamos lo retenido.

  3. 3

    Declaramos antes del día 17

    Presentamos tu declaración mensual a tiempo y te avisamos el importe exacto a pagar.

  4. 4

    Tu anual al cierre

    Verificamos si te aplica la facilidad o presentamos tu declaración anual buscando saldo a favor.

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Preguntas frecuentes sobre declaraciones RESICO

A más tardar el día 17 del mes siguiente. Nosotros la presentamos a tiempo cada mes para que no acumules recargos ni multas.

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